Con el fin de resolver la centralización de funciones y disminuir el
exceso de trámites para la población, así como numerosas restricciones
en el Sistema de la Vivienda, se publica este viernes en la Gaceta de
Cuba las normas jurídicas sobre el perfeccionamiento de los sistemas de Vivienda y de Planificación Física.
Especialistas consultados por el diario Granma
coincidieron en destacar que el proceso también tiene como objetivo
fortalecer el Ordenamiento Territorial y Urbano, y enfrentar las
violaciones y construcciones ilegales.
Se trata, en esencia, de traspasar al Instituto de
Planificación Física (IPF), al Ministerio de la Construcción, al Sistema
de Tribunales, al Ministerio de Justicia, al Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y a otros Organismos de la Administración Central del
Estado, muchas de las funciones que hasta el momento tenía el Instituto
Nacional de la Vivienda.
La base jurídica de esta decisión se ha dado a conocer en la mañana
de este viernes, con la publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria
No.40 del Decreto Ley 322 y de varias resoluciones complementarias, que
entrarán en vigor el 5 de enero del 2015.
Granma entrevistó a Belkys Serrano Tejerizo, vicepresidenta del IPF,
entidad que recibe la mayoría de las funciones anteriormente asumidas
por el Instituto Nacional de la Vivienda, quien aseguró que “en
estos instrumentos de control se dispone el uso y destino del suelo,
así como las regulaciones urbanísticas, las relativas al medio
ambiente, las higiénico sanitarias y las de recursos hidráulicos, entre
otras”.
Añadió que “las funciones que se traspasan del sistema de la Vivienda al de Planificación Física son:
- expedir las licencias y autorizaciones para la realización de acciones constructivas en la vivienda;
- establecer y controlar las normas para el mejor funcionamiento de los asentamientos urbanos y rurales;
- asignar terrenos estatales a las personas naturales o jurídicas que los soliciten para construir viviendas;
- certificar la habitabilidad de las viviendas terminadas que cumplan las regulaciones urbanas y constructivas;
- elaborar y aprobar los procedimientos de los dictámenes técnicos para la descripción y tasación de las viviendas;
- aprobar la certificación de medidas y linderos, del traspaso de solares yermos y azoteas, además del ejercicio del derecho de tanteo a favor del Estado;
- y representar al Estado ante los organismos internacionales en el ámbito de los Asentamientos Humanos y el Hábitat”
Aseguró que direcciones de
Planificación Física van a realizar de oficio y sin costo adicional para
la población trámites como las aprobaciones de Higiene, las
regulaciones sobre protección contra incendios, entre otras asociadas a
las licencias de construcción y los habitables, que hoy los interesados
tienen que agenciarse de forma individual, lo cual dificulta y dilata
el asunto.
Aseguró que quienes desean cambiar el piso, levantar una meseta,
hacer una división interna que no afecte la estructura de la casa, no
tienen que hacer ninguno tipo de trámites.
También, se perfecciona el procedimiento para la asignación de
terrenos estatales a personas naturales para la construcción de
viviendas por esfuerzo propio.
“Las entregas de terrenos se realizarán por parte de las direcciones
de Planificación Física a los casos aprobados por los Consejos de
Administración municipales, mediante el otorgamiento de derecho
perpetuo de superficie. Al recibir el terreno estatal las personas
deberán comenzar la ejecución de la obra en el término de un año, que
podrá ser prorrogado por un año más. Si no se ha construido durante ese
tiempo, podrá cancelarse la asignación, pues existe una necesidad
creciente de terrenos para construir viviendas y lo que no se puede
permitir es congelar dichas zonas”.
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