Como ya se ha informado, a partir del próximo
lunes, 1ro. de septiembre, entran en vigor las Resoluciones 206, 207 y 208 de la Aduana General de la República (AGR) y la 300 del
Ministerio de Finanzas y Precios, las cuales actualizan la política que en
materia aduanera se ha venido aplicando desde el 2011.
Aunque las nuevas medidas han suscitado diversos
puntos de vista, Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR, insistió en su
pertinencia “para evitar que determinadas personas empleen los márgenes de
importación no comercial establecidos hasta ahora, con el propósito de ingresar
al país altos volúmenes de mercancías destinadas a la comercialización y el
lucro”.
No obstante, dijo que dichas normativas no deben
afectar a los pasajeros que hoy realizan sus importaciones de manera racional y
se acogen incluso en un 90 % al Canal Verde, por donde transitan quienes no
deben realizar ningún pago ante Aduana.
Este Órgano —subrayó— “trabaja mediante análisis
de información y de acuerdo con ello selecciona a las personas que serán objeto
del control. Luego del 1ro. de septiembre no deben incrementarse los niveles de
selectividad que tenemos hoy. Eso significa que no todos los pasajeros serán
controlados a su llegada al país (siempre y cuando cumplan con lo establecido),
en aras de mantener el tráfico ágil por los aeropuertos”.
Además, “es importante señalar que las tareas
principales de la Aduana
siguen siendo el enfrentamiento al terrorismo, la actividad subversiva, el
tráfico de drogas y el contrabando. Esas son las prioridades para el criterio
de selección en cuanto al control; luego se ubican las demás aristas”.
Otra de las preocupaciones manejadas por la
opinión pública ha sido la preparación del personal aduanero en aras de evitar
excesos o maltratos a la población. En ese sentido, Rosales Milanés aludió a
las acciones de capacitación y seminarios impartidos, los cuales se
complementan con los medios tecnológicos diseñados para evitar demoras y
molestias en el despacho a los pasajeros.
De todos modos, añadió, “las autoridades
estaremos al tanto de cualquier incidencia para dar una respuesta oportuna.
Asimismo, la Aduana
tiene un sistema de atención a la población que incluye los propios
aeropuertos. Allí pueden transmitir su inquietud o queja e incluso dirigirse al
propio Órgano”.
Con estos objetivos o para documentarse, “que es
lo más importante en estos momentos”, aseguró Rosales Milanés, “las personas
pueden visitar nuestro sitio web http://www.aduana.co.cu o las páginas de la Aduana en las redes sociales
facebook (Aduana de Cuba) y twitter (@AduanadeCuba). También pueden
contactarnos por los números telefónicos 855 5466 al 71, extensión 227, o 881
9732, todos en La Habana,
de lunes a viernes a partir de las 8:30 a.m. hasta las 4:00 p.m.
De cara a la entrada en vigor de las normativas
la especialista recalcó: “Se mantiene que el valor total de los artículos
comprendidos en el equipaje, sujeto al pago de los derechos de aduanas —que no
formen parte de los efectos personales— no podrá exceder de 1 000 pesos. En
tanto los envíos no pueden pasarse de 200 pesos”.
“También permanece invariable que por los efectos
personales no se pagan impuestos. Cuando sea aplicado el método alternativo de
valoración por peso a las misceláneas, se mantiene que 25 kilogramos de
ellas son consideradas como efectos personales. Y clasifican dentro de esta
categoría una laptop, un celular, una cámara fotográfica…”.
“Lo que sí cambia con las nuevas Resoluciones
son las cantidades de algunos de los artículos importados por cualquier vía,
sus valores, así como el peso y el cobro del arancel de las misceláneas
contenidas en envíos postales, aéreos y marítimos”, agregó.
Asimismo, Idalmis Rosales puntualizó que “a los
efectos del despacho del equipaje resultará determinante la fecha de llegada
del pasajero. Se aplicarán las disposiciones actualmente vigentes (320 y 321
del 2011 de la AGR)
siempre que el viajero arribe al país antes del 1ro. de septiembre. En tanto
quienes lleguen a Cuba a partir de esa fecha se les aplicarán las nuevas
Resoluciones (206 y 207 del 2014), con independencia del tiempo de llegada del
equipaje, sea este acompañado o no”.
En cuanto a los envíos, especificó, “se tendrá en
cuenta el momento de llegada de los mismos. Los que arriben al país a partir
del 1ro. de septiembre serán tramitados por las nuevas disposiciones. Por el
contrario, los que hayan llegado con anterioridad a esta fecha serán
despachados por las disposiciones vigentes hoy”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario